viernes, 31 de diciembre de 2010

Resumen de Reforma a la Ley RESORTE

Tratamos de resumir al máximo esta reforma, pero fue casi imposible puesto que en su mayoría atenta contra el Derecho a la Libertad de Prensa y Libertad de Expresión y Opinión: de 49 páginas casi 37 son prohibiciones, restricciones, contribuciones parafiscales (OBVIO para el fondo de Responsibilidad Social), sanciones, supensiones,
etc.

La libertad de expresión puede ser restringida de muchas formas: desde ejercer presión a periodistas individuales (Leocenis García, Gustavo Azocar) hasta restricciones formales a la prensa y, ¿cómo es esto)

Son condiciones a nivel institucional que se utilizan para ejercer poder político sobre los medios.
"Las restricciones pueden materializarse como leyes de prensa que permiten la interferencia del gobierno en los medios, o que imponen restricciones innecesarias sobre los contenidos publicados"

"Todas las instituciones con autoridad reguladora sobre los medios, escritos o de transmisión, deben ser completamente independientes del gobierno"
Sin más preámbulos, les resaltamos los puntos que consideramos mas importantes de este atentado sobre
NUESTRO, TU Derecho Humano FUNDAMENTAL:
 Art1
Las disposiciones de la presente ley, se aplican a todo texto, imagen, sonido o contexto, cuya difusión y recepción tengan lugar dentro del territorio de la República Bolivariana de Venezuela.
 Art 8
En los servicios de radio, televisión, y medios electrónicos, no está permitido en ningún horario la difusión de los siguientes tipos de mensajes, según el caso:

El Derecho a la Libertad de Expresión une a dos de los pilares fundamentales de la Democracia: respeto a los Derechos Humano y ejercicio del voto.
Sin libertad de expresión es imposible que los ciudadanos formen su opinión acerca de las acciones gubernamentales y otros factores de los cuales es imprescindible, en una democracia, la actuación del ciudadano dentro de la participación publica practicada a través del ejercicio del voto. Además, no se percibe democracia alguna donde no se respeten los Derechos Humanos (dentro de ellos la Libertad de Expresión) y donde no se puedan expresar las inquietudes, desacuerdos y puntos de vista que atañen a los ciudadanos, dentro de un marco de paz y justicia, acerca de los asuntos que conciernen a la población y que deben ser asegurados por los gobiernos.

1. Aquellos que contengan elementos de sexo tipo "E", de salud tipo "D" y violencia tipo "C".
2. Aquellos que pudieran incitar o promover al odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género por racismo o xenofobia. donde queda La Hojilla?
4. Aquellos que pudieran constituir propaganda de Guerra. según quien o quienes?
5. Aquellos que puedan constituir manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público. ¿?
6. Aquellos que estén destinados a desconocer las autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos.
7. Aquellos que pudieran inducir al magnicidio.
8. Aquellos que pudieran incitar o promover el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.
9. Aquellos que atenten contra las buenas costumbres.

Ok sabemos que todos debemos seguir las buenas costumbres, pero si a mi me provoca no hacerlo, y no afecte a nadie, quien es el gobierno para decirme que no?. PROHIBIDO decir groserías en twitter o facebook porque será ILEGAL

Los proveedores de servicios de Internet, deberán establecer mecanismos que permitan restringir, sin dilaciones, la difusión de mensajes y acceso a portales divulgados a través de ésta u otros medios electrónicos que se subsuman en las prohibiciones contenidas en los numerales 2,3,4,5,6,7,8, 9 y 10 del presente artículo, cuando ello sea solicitado por la
Comisión Nacional de Telecomunicaciones en ejercicio de sus competencias.
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones podrá ordenar a los proveedores de servicios de Internet, restringir el acceso a mensajes y portales divulgados a través de ésta u otros medios electrónicos.
 Art 23
Los prestadores de los servicios de radio, televisión o difusión por suscripción deberán mantener a disposición del órgano competente, en razón de las atribuciones previstas en esta Ley:

Hablando de Restricciones formales a la Libertad de Expresión Grabaciones claras e inteligibles, continuas y sin edición de todos los mensajes difundidos por el lapso que se establezca en las normas técnicas, el cual no podrá exceder de seis meses contados a partir de la fecha que hayan sido difundidos los mensajes. Quedan exceptuados de esta obligación los prestadores de los servicios de difusión por suscripción.
 Art 28
4. Se sancionará al prestador de servicios de radio, televisión , difusión por suscripción y, proveedor de servicio de Internet, en los casos que le sea aplicable, en los casos que le sea aplicable, con multa desde 3% hasta 4% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal, inmediatamente anterior a aquél en el cual se cometió la infracción, cuando:

 Incumpla con la obligación de difundir los mensajes del Estado
 Interfiera los mensajes y alocuciones del Estado
 Incumpla la obligación de establecer mecanismos que permitan restringir la difusión de mensajes divulgados a través de Internet y medios electrónicos

Cuando los prestadores de servicios de radio, televisión o difusión por suscripción y, proveedor de servicio de Internet reincidan en la infracción de los supuestos aquí previstos les serán incrementadas las multas en un cincuenta por ciento (50%).

Artículo 29
Suspensión y Revocatoria
Los sujetos de aplicación de esta Ley, cuando les sea aplicable, serán sancionados:
1.- Con multa del 10% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal y/o suspensión hasta por 72 horas continuas de sus transmisiones, cuando difundan mensajes de los tipos que se enumeran a continuación:
a) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten a la guerra;
b) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten a alteraciones del orden público;
c) Aquellos que promuevan, hagan apología o inciten al delito;
d) Aquellos que pudieran incitar o promover el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas, por diferencia de género por racismo o xenofobia.
f) Aquellos que pudieran ser contrarios a la seguridad de la Nación;
g) Sean anónimos.
h) Aquellos que pudieran constituir propaganda de Guerra.
i) Aquellos que puedan constituir manipulaciones mediáticas dirigidas a fomentar zozobra en la ciudadanía o alterar el orden público.
j) Aquellos que estén destinados a desconocer las autoridades legítimamente constituidas, irrespetar a los Poderes Públicos o personas que ejerzan dichos cargos.
k) Aquellos que pudieran inducir al magnicidio.

Milena Figueroa

Enviado desde mi dispositivo movil BlackBerry® de Digitel.

jueves, 30 de diciembre de 2010

Resolución Consejo Universitario UC 29/12/2010

Ciudadana
Prof. Jessy Divo de Romero
Rectora de la Universidad de Carabobo
Su Despacho.-

Hago de su conocimiento, que el Consejo Universitario, en su sesión extraordinaria N° 1.609, de fecha 29-12-2010, acordó lo siguiente:

1.- Declarar en Sesión Permanente al Consejo Universitario de esta Casa de Estudios.

2.- Constituir cinco (05) grandes Comisiones:
2.1. Para analizar las acciones legales, si el Presidente da el cúmplase a la Ley de Educación Universitaria aprobada por la Asamblea Nacional, coordinada por el profesor Anibal Rueda, conjuntamente con la Consultoría Jurídica.
2.2. Para analizar aspectos académicos contenidos en la Ley de Educación Universitaria, coordinada por el ciudadano Vicerrector Académico, Prof. Ulises Rojas.
2.3. Para analizar los aspectos administrativos, financieros y gremiales, coordinada por el ciudadano Vicerrector Administrativo, Prof. José Ángel Ferreira.
2.4. Para analizar la materia del ingreso estudiantil y los diferentes procesos disciplinarios que contempla el referido texto legislativo, presidida por el ciudadano Secretario, Prof. Pablo Aure.
2.5. Para analizar todo lo concerniente a estrategias y acciones universitarias, coordinada por la ciudadana Rectora, Prof. (a) Jessy Divo de Romero.

3.- Dirigir comunicación al ciudadano Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, suscrita por la ciudadana Rectora-Presidenta del Consejo Universitario de la Universidad de Carabobo, Prof. Jessy Divo de Romero, a tenor de lo establecido en el artículo 214 de la CRBV, en donde se solicita formalmente sea devuelto el texto legislativo, al Parlamento Nacional con la finalidad que se subsanen las múltiples violaciones de orden constitucional, legal y reglamentario, antes de su promulgación.

4.-Acompañar a las Autoridades Universitarias en el "Mensaje de Fin de Año", el día: 31 de diciembre de 2010, a las 12:00 m, en el Salón de Sesiones del Consejo Universitario, en el Rectorado.

5.- Exhortar a las siete (07) Facultades de la Universidad de Carabobo, para que a partir del lunes, 03 de enero de 2011, se celebren Consejos de Facultad Ampliados, de Escuelas, así como Asambleas Departamentales y reuniones de cátedras, se invite a la comunidad universitaria con la finalidad de discutir y analizar el contenido de la Ley de Educación Universitaria, recién aprobada en fecha: 23-12-2010, y al efecto, se aprobó el cronograma propuesto para tal fin, como se indica a continuación:

Facultad de Ciencias Económicas y Sociales (FACES): lunes, 03-01-2011
Facultad de Odontología: martes, 04-01-2011
Facultad Experimental de Ciencias y Tecnología: martes, 04-01-2011
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, miércoles: 05-01-2011
Facultad de Ciencias de la Salud: jueves, 06-01-2011
Facultad de Ingeniería: jueves, 06-01-2011.
Facultad de Ciencias de la Educación: viernes, 07-01-2011.

En consecuencia, se estableció mantenerse en Sesión Permanente, para analizar objetivamente el contenido de la Ley de Educación Universitaria.

6.- Avalar y apoyar a las Autoridades Universitarias en todas las actividades emprendidas en el ámbito intra y extrauniversitario.

7.-En caso de promulgarse la referida Ley, se acordó interponer Recurso de Nulidad por inconstitucionalidad conjuntamente con una medida de Amparo Constitucional, coordinando la interposición de estas acciones con el resto de las Universidades Nacionales.

Lo antes señalado fue debidamente aprobado por todos los miembros presentes en el Consejo Universitario extraordinario en sesión Nro. 1609, con el voto negativo de la Representante del Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, Prof. Lilia Ortíz, quien sólo aprobó lo acordado en los puntos 1 y 5 de la presente resolución.

Atentamente,

Pablo Aure Sánchez
Secretario
Enviado desde mi dispositivo movil BlackBerry® de Digitel.

miércoles, 29 de diciembre de 2010

El derecho a Oponerse al Gobierno


(Armando Rendón Corona)
Son 3 las vertientes de derecho de oponerse al poder injusto y opresivo: La objeción de conciencia, la desobediencia civil y la resistencia civil al poder. En situaciones similares las 3 vías se practican y se mezclan, y a ello contribuye que en ocasiones se emplean las mismas tácticas o formas de acción. La base común de las tres formas de disidencia es un principio moral: el deber de rechazar activamente a la injusticia, la mutilación o incluso supresión de la libertad junto con todos los derechos colectivos.

La objeción de conciencia es un acto individual, por el que se defienden las convicciones propias evadiendo los actos de autoridad, sin pretender cambiar un sistema injusto. La desobediencia civil, es una acción colectiva que persigue corregir una situación de injusticia, cambiar parcialmente una política o una ley injusta. La resistencia civil se propone cambiar todo un régimen autoritario por otro democrático, redistribuir el poder monopolizado por minorías y someter pacíficamente el poder político a la voluntad popular. (…)

Entre la desobediencia civil y la resistencia civil hay diferencias importantes… La desobediencia se detiene en los límites del estado democrático de derecho mientras garantice las libertades políticas fundamentales; el desobediente pretende solo cambiar la decisión o la ley injusta.

A resistencia civil comienza donde termina una sociedad justa y democrática, cuando los poderes públicos dejan de proteger los derechos fundamentales de la sociedad. La resistencia civil se justifica en los regimenes antidemocráticos, y aún contra las tendencias antidemocráticas en los estados “llamados” (sic) del primer mundo. (…)

El método de la resistencia activa une dos principios: la resistencia y la no violencia (…). No violencia significa no hacer daño a nadie y su primer deber es respetar la justicia en todos los dominios. (…) “sin embargo” (sic) (…) Es la resistencia activa porque una petición sin el apoyo de la fuerza es inútil. Una petición sostenida con la fuerza es una petición de un igual. (…)

La obediencia pasiva es el fundamento del poder opresivo sobre la sociedad, la práctica de la obediencia en los diversos campos de la vida social refuerzan la dominación política, por lo tanto la desobediencia civil pone en crisis la vigencia de la autoridad… El conocimiento de las raíces y como opera la obediencia es precisamente el campo de las prácticas de desobediencia civil. (…)

El objetivo de la resistencia es romper la relación viciosa de colaboración basada en un acatamiento de la legalidad que reproduce la injusticia social. Según Gandhi, la cooperación solo es posible entre iguales, pues entre quienes cooperan no hay débil ni fuerte, cada uno es igual al otro. La dependencia (o sumisión), en cambio, mantiene la impotencia y denigración, por lo que es necesario romper con esa relación de cooperación leal cuando la otra parte no ofrece trato un trato igualitario.

La no-colaboración gandhiana es parte de la resistencia activa; implicaba la ruptura gradual con el sistema inglés de dominación social, cultural, económica y política. Comprende la infracción directa a la ley, la desobediencia a una orden y el autogobierno mediante el poder dual, es decir, un sistema nacional alternativo. Por eso representa el más grado de impugnación a un sistema social y aun régimen político.

La no-cooperación tiene como condición una toma de conciencia al mismo tiempo individual y colectiva. Gracias a la unidad de la conciencia personal y colectiva se produce la autonomía respecto del poder opresivo, la autonomía es lo que permite tener a la vez un proyecto individual y colectivo, comunitario y nacional. La toma de conciencia es tenerse auto-respeto y dignidad como persona y como cultura. Esto implica romper con los valores adoctrinados por la cultura colonial.

La autoconciencia se afirma en la creación de espacios alternativos a las estructuras de dominación, un contrapoder o una dualidad de poder, por el que el pueblo aprende a autogobernarse. (…)

El autogobierno consiste en la autonomía política, cultural y productiva, en la autosuficiencia de los poblados campesinos y descentralización a todo nivel. Implica una economía alternativa: La democracia económica extendida como modo de satisfacer las necesidades básicas y el bien social. Es también el modo de asegurar la autonomía de la sociedad civil frente “a quienes concentran el poder económico, político del régimen injusto” (sic).

(…) El método de la resistencia activa a la opresión es transformador de la vida social, crea nuevas reglas e instituciones que regulan la vida social al mismo tiempo que retira su apoyo al poder existente. Podemos concluir que la resistencia absorbe a la desobediencia civil, la incorpora a un conjunto mas amplio de formas de acción colectiva de mayor intensidad y variedad.

Del documento sobre objeción de conciencia, desobediencia civil y resistencia civil, me permito realizar el siguiente análisis.

Ni con la sola objeción de conciencia, ni desobediencia civil, se logrará la transformación estructural del país para pasar del régimen opresor antidemocrático, por aquel mas democrático que asegure el sustento económico autónomo del individuo, pues el primero es un acto con el que el individuo cumple solo con lo que su moral exige, no es suficiente para cambiar todo el régimen opresor, y aunque el segundo sea colectivo también se queda corto al pedir solo el cambio de la ley injusta, pues no transforma el origen de lo que la hace injusta.

Un resistente no concientizado, podría pensar que con la fuerza del simple acto de no-cooperación logrará la transformación del régimen opresor, y cuando no ve resultados, cree que debe radicalizar aun más sus actos de no-cooperación hasta lograr que el régimen opresor acepte por si mismo transformarse en uno mas justo, sin embargo el resistente olvida acompañar a su acto de no-cooperación, una alternativa de autonomía económica y otra de concientización del colectivo en el que participa. El resistente no concientizado olvida que el régimen opresor tiene en sus manos el poder económico y el de los medios masivos de comunicación con el cual se mantiene.

Sin embargo son todas las acciones de resistencia que en conjunto lograrán la transformación del régimen opresor y jamás una sola por si misma.
Así si el resistente propone el boicot, como acto de no cooperación, pudiera ir acompañada con la propuesta de crear cooperativas como una alternativa de autonomía económica y con una basta campaña de concientización a su colectivo sobre la importancia en la organización de cooperativas, para acompañar el boicot. Gandhi nos demostró que por si solo, no comprando telas inglesas como acto de no cooperación, su acto de resistencia no perseguiría la transformación del régimen injusto, si no hubiera primero concientizado a su pueblo de que generando su propia ropa no habría una alternativa de autonomía económica que si transformara el régimen injusto.

Pero si el resistente no concientizado, propone paro nacional como acto de no cooperación que alternativa de autonomía económica propone?

jueves, 23 de diciembre de 2010

Ley de Educación Universitaria

Estudiante de pregrado, postgrado, egresados, profesores y comunidad universitaria en general:

Te has molestado en echarle un ojo a la nueva ley de reforma universitaria que se aprobó la madrugada del 23 de diciembre( 3 am) en la AN cuando tu dormías o disfrutabas de ésta navidad?? Aquí te la presento, que aplicará a toda institución de educación superior, tanto pública como privada:

El primer tubazo fuerte, en artículo 4.7 : “La educación universitaria será pertinente y en concordancia al desarrollo social, económico, político y cultural del país.. ¿Eso quiere decir que si el ejecutivo decide que ahora hacen falta agrónomos socialistas..No tenemos de otra???

Luego en el art. 8.8 : Es deber de TODA universidad compartir espacios, recursos y actividades con las MISIONES educativas asegurando equidad y calidad .. Y recuerde, universidad que no cumpla esta ley, sea publica o privada será sanciónada y si el ejecutivo considera podría suspenderse su funcionamiento de manera permanente. (lea los artículos de sanciones)

La nueva expresión Rectora será el “Estado docente” cuyo poder lo ejercerá por órgano el Ministerio de Educación de manera irreclinable e irrenunciable; que tendrá poder para planificar, controlar, y formular las políticas universitarias.(art9)

En materia de postgrado, sus programas de formación serán en áreas “estratégicas y prioritarias” que defina EL ejecutivo nacional(art 11.1.b)

El estado regulara, controlará y supervisará el ingreso a la educación superior, formación de nuevos nucleos, matriculas, Uso y fin de patrimonios de las instituciones universitarias ( art 11)

EL ESTADO CONTROLARÁ Y SUPERVISARÁ TU PROPIEDAD INTELECTUAL SOBRE PRODUCTOS; INVENCIONES Y PATENTES QUE FUEREN CREADOS (TANTO POR TRABAJADORES COMO ESTUDIANTES) , EN PRO DEL AVANCE CIENTIFICO Y TECNICO DE LA NACION (11. 2 . n )

El estado controlará la emisión de certificados, títulos, notas, y demás documentos probatorios que acrediten saberes y conocimientos universitarios para la validez tanto nacional como internacional, en instituciones tanto publicas como privadas

PARA TI, QUE ESTAS TRANQUILO POR QUE TE PIENSAS IR DEL PAÍS: el artículo 11.3.o tiene como finalidad Prevenir la captación de profesionales venezolanos desde otros países mediante la creación de políticas de emigración para evitar la fuga de capital intelectual (no te dejan salir si eres vzlano, y si tienes pasaporte no te dan tus papeles y en el exterior no tienes justificación de tus estudios

Controlara TU inserción en el campo laboral una vez egresado en correspondencia con el plan de desarrollo “estratégico” del país (también te dirá donde vas a ejercer tu profesión) Art. 11 s

El ejecutivo podrá autorizar creación de universidades así como suspender su funcionamiento de manera permanente si va en contra del plan estratégico del estado

Los reglamentos internos universitarios serán establecidos por el consejo nacional de transformación universitaria , el cual estará formado por el ministro de educación y sus viceministros, 3 representantes designados por el vicepresidente ejecutivo de la república (¿¿QUE VOZ PUEDE TENER EL VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA ELEGIR NUESTROS DIRIGENTES, QUE SIEMPRE HAN SIDO ELECTOS POR VOTACIONES???) y demás coordinadores de consejos, máxima autoridad de la casa educativa y voceros.

TODOS los programas de formación asi como la prestación de servicio comunitario OBLIGATORIO se realizara en aspectos “estratégicos” que contribuyan al desarrollo de la nación

PROFESOR??

Art 75 A los docentes universitarios se les exigirá formación permanente ajustada al plan de desarrollo social de la nación y sus lineamientos serán dictados mediante resolución por entes rectores del sistema educativo a nivel nacional y su abandono injustificado será considerado una falta grave que podrá acarrear la expulsión temporal o permanente del sistema educativo nacional (art 99-)

El reglamento electoral universitario será dictado por el EJECUTIVO NACIONAL (art 80) quien definirá: principios, periodo electoral, comisión electoral, centros de votación, funcionamiento, etc (art 80)

El ejecutivo nacional dictara el reglamento de órganos de gobierno universitario donde se establecerán atribuciones, competencias, organización, mecanismos de elegibilidad etc(para asegurar, que si algún ente de gobierno universitario local esta en desacuerso con alguna resolución, esto pueda ser solventado sin inconveniente)

Jessika Gonzalez


INFORMATE, ORGANIZATE y ACTIVATE!!!

RESISTENCIA

Guardia Nacional impidió protesta de estudiantes en el distribuidor El Trigal


Cortesia Notitarde

Valencia, diciembre 22 (Francisco A. Briceño J.).- Estudiantes de diferentes casas de estudios de la región se concentraron este jueves en la urbanización El Trigal centro a fin de protestar contra la nueva Ley de Universidades. Pese a que la jornada estaba prevista para ser realizada en el distribuidor principal de esta urbanización, efectivos de la Guardia Nacional impidieron que se apostaran allí.
La protesta inició a las 6:00 de la tarde cuando el grupo de jóvenes llegó con pancartas y volantes al distribuidor El Trigal, y fueron retirados del sitio. Nuevamente, el teniente coronel Javier Ordaz Ferrer, jefe del Destacamento 24 de la Guardia Nacional, en compañía de Chessar López, director de la Policía Municipal de Valencia, sostuvieron un tenso diálogo con los manifestantes.
"Tenemos derecho a protestar y podemos hacerlo aquí", vociferó Julio Rivas, dirigente de Juventud Activa Venezuela Unida (Javu), lo cual fue respondido por las autoridades con "no permitiremos la protesta aquí, y si tenemos que utilizar la fuerza la utilizaremos".
Minutos antes, Ordaz Ferrer declaró que por órdenes del G/B Orlando Rodríguez, jefe del Comando Regional 2 de la GN, no permitirían la protesta en la Autopista del Este, "ni en la parte alta del distribuidor porque es considerado parte de la autopista".
Asimismo, indicó que fueron desplegados unos 200 efectivos con equipos antimotín quienes se dispusieron en la parte baja del distribuidor, con varios vehículos de la GN.
Rivas por su parte, aseguró que "sabemos que estamos en diciembre, tiempo de estar en familia y les pedimos que aprovechen este tiempo, si no quieren salir ahora no lo hagan, pero en enero vamos todos con todos los hierros a defender al país".
Asimismo, el dirigente rechazó que "por segunda vez consecutiva el Jefe del Destacamento 24 de la Guardia Nacional junto al director de la Policía Municipal vienen a amenazarme porque estoy en libertad condicional", al tiempo que reiteró que "esta condición es por salir a protestar hace un año contra la Ley Orgánica de Educación y ahora lo estoy haciendo de nuevo contra todas estas leyes aprobadas por la Asamblea Nacional".
La jornada se prolongó por espacio de dos horas en las inmediaciones de una estación de servicio adyacente al distribuidor, donde entregaron volantes informativos a los conductores. A las 8:00 de la noche se retiraron del sitio, sin novedades.
Los jóvenes realizaron nuevamente un llamado a la colectividad carabobeña a que se sume a la marcha que se realizará este jueves en la ciudad de Caracas en rechazo a la Ley de Universidades.
Sin embargo, este mismo día estarán algunos de los jóvenes entregando más información impresa en el centro de la ciudad y esperan volver al distribuidor El Trigal.
Al cierre de esta nota los efectivos de la GN permanecían en el sitio.

lunes, 20 de diciembre de 2010

Manifestación por "paquetazo" en distribuidor de El Trigal

Adriana Chirinos Castro
Cortesia: El Carabobeño
Valencia (REDACTA).- Desde las 6 de la tarde y hasta las 8:20 de la noche, un grupo de 60 personas aproximadamente -miembros de Javu, estudiantes y sociedad civil- se mantuvieron protestando en las adyacencias del distribuidor El Trigal en contra de lo que denominan "el paquetazo cubano".
Ulises Rojas, coordinador regional de Juventud Activa Venezuela Unida (JAVU) sostuvo que aunque los estudiantes se encuentren en receso decembrino no "bajarán la guardia, pues se intentan aprobar leyes que golpean la dictadura en el país".
Los jóvenes cerraron parcialmente el tránsito en la Autopista del Este, en ambos sentidos. El teniente coronel (GN) Javier Ordaz Ferrer, comandante del D24 sostuvo una conversación con Julio Rivas, coordinador nacional de JAVU y acordaron mantener la protesta hasta las 8 de la noche.
Tras cesar la manifestación en la autopista el grupo subió al puente de El Trigal y se mantuvieron trancando parte de la circulación vial en el sentido El Viñedo-El Trigal, hasta las 8:20 de la noche. Prometieron que seguirán en la calle en acciones pacíficas, rechazando las medidas tomadas por el presidente Hugo Chávez y la Asamblea Nacional.

Como Neutralizar las bombas lacrimogenas

¿Qué medidas podemos tomar para evitar o disminuir sus efectos?

En cuanto a la vestimenta, no son convenientes los géneros como la franela o similares, ya que la transpiración potencia el efecto del gas. Del mismo modo, no es apropiado vestirse con prendas de ropa pequeñas, que dejen la piel en exposición. En el caso tener el cabello largo, es conveniente recogerlo bajo un gorro o pañoleta, ya que el gas impregna el cabello, prolongando su efecto. Si es posible, no lleve lentes de contacto.

Si su kit de marcha no incluye máscara anti-gas, le recomendamos un pañuelo impregnado con vinagre, para cubrir su nariz y boca. Para protección adicional usted puede llevar un tapabocas de cirujano o una máscara de pintor y colocar por fuera el pañuelo con vinagre. Si no consigue vinagre, puede mojar el pañuelo en agua o impregnarlo en jugo de limón. El trapo húmedo es capaz de filtrar los gases en forma más efectiva. En todo caso, el pañuelo o paño, no debe ser muy grande, ni muy grueso, ya que ello dificultará su respiración.

Se puede utilizar amoníaco, impregnado en un algodón. Se aspira fuertemente y ayuda a despejar las vías respiratorias. Su uso debe ser espaciado en el tiempo y limitado en sus dosis (una o dos aplicaciones). Las personas asmáticas, o con otras enfermedades respiratorias, es preferible que se abstengan de su uso. Como el amoníaco se evapora rápidamente, es necesario contar con una o más personas que porten un recipiente con dicho elemento.

También es de cierta utilidad chupar trozos de limón. Se puede aplicar sal bajo los ojos, ya que absorbe la secreción del lagrimal que genera el gs lacrimógeno. Los lentes de nadador o antiparras constituyen una buena protección para los ojos.

OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO OJO

Los efectos de los gases lacrimógenos pueden ser perjudiciales para el feto, así que si está embarazada o lo sospecha, acompáñenos desde su casa.

Los gases lacrimógenos pueden inducir episodios de asma, así que, si es asmático, traiga su inhalador y salga de la manifestación al primer indicio de gases lacrimógenos. Cuidados similares deberá tener una persona que sufra de alguna enfermedad cardíaca.

Aunque se asume lo contrario, debe evitarse fumar durante la movilización, ya que disminuye las capacidades respiratorias, que se encuentran afectadas por el gas.

¿Qué hacer ante un ataque con gas lacrimógeno?

En general, es posible determinar cuando el ataque es inminente, en ese momento y sobre todo en la vía pública, hay que tratar de determinar la existencia de brisas o viento, y su dirección. Ello ayuda a esquivar el gas con más éxito.

La primera reacción ante el disparo de bombas lacrimógenas debe ser mantener la calma. Dadas las características del proyectil, su tamaño y diseño implican una mayor resistencia al aire, por lo que existe un lapso de tiempo en el cual uno puede advertir la dirección y posible lugar de caída de la bomba. Por cierto, esto depende del tipo de bomba, de la distancia del policía respecto de los manifestantes y del ángulo de tiro con el cual fue disparado el proyectil (en línea recta o en una parábola). En cualquier caso, es imprescindible no perder de vista el proyectil o su estela, no darle la espalda a la policía y no correr. Ante el disparo de una bomba lacrimógena es posible replegarse con rapidez, sin necesidad de perder el control. Todo esto tiene como objetivo el tratar de evitar que el proyectil impacte en el cuerpo.

La protección de la nariz y boca se inicia cuando son disparadas las bombas lacrimógenas, no cuando ellas ya han caído en las proximidades y han comenzando a expandir el gas, el objetivo es inhalar la menor cantidad posible del mismo.

La neutralización de las bombas lacrimógenas puede ser intentada de diversas maneras: cubriéndola con un paño grueso y húmedo; cubriéndola con tierra; sumergiéndola en un recipiente con agua; quemando materiales de rápida combustión, ubicados muy próximos a la bomba lacrimógena. Para todos los efectos, es conveniente tomar la bomba lacrimógena con guantes industriales o un paño grueso mojado, para evitar quemaduras. Cualquiera de estas modalidades requiere una rápida capacidad de reacción, ya que el gas se expande con velocidad. Lo anterior supone que los implementos necesarios para la neutralización deben estar preparados de antemano, así como definidos los responsables de esta tarea.

La devolución de las bombas lacrimógenas se puede realizar con la mano o el pie. En ambos casos tiene sus riesgos: al devolver la bomba con la mano, el gas envolverá a quien la arroje; al hacerlo con el pie, la dirección de la trayectoria de la bomba suele ser incierta. En términos generales, en las dos modalidades, el resultado final es más simbólico que concreto, ya que el gas continúa esparciéndose y el alcance de la devolución no suele ir más allá de los cincuenta metros.

En cualquier circunstancia, se debe tratar de salir del área afectada, buscando aire fresco. Si el gas lacrimógeno rodea a la persona por todas partes o bien se encuentra en un reducto cerrado, imposibilitado de salir, no debe correr ni agitarse, ya que eso aumenta la actividad respiratoria, haciéndolo inhalar más gas. El afectado debe arrojarse al piso, cerrando los ojos y respirando a través del paño o pañuelo. El gas tiende a subir, y se debe esperar dicha condición en la posición descrita. Es una de las situaciones más extremas y requiere que el afectado mantenga un gran control de sus nervios. En esta circunstancia es probable que surjan deseos de vomitar, hay que tratar de no toser (si es que ello es posible) por que esto les hará inhalar más gas, no se deben abrir los ojos y menos tocárselos, ya que ello permite una mayor absorción del gas.

En lo posible, luego de un ataque con gas lacrimógeno, hay que tratar de encontrar un sector con aire fresco. Es conveniente relajar la actividad corporal, sentándose o acostándose en el suelo, respirando profundamente ese aire. Si es posible, es conveniente enguajar la boca con agua y limpiar las fosas nasales. No hay que mojarse el resto del rostro y menos los ojos, porque aumenta el efecto del gas.

Por último, al volver a casa, hay que quitarse la ropa utilizada en la manifestación lo más prontamente posible, más aún si en el hogar se encuentran niños pequeños. Al bañarse, para quitarse los residuos de los gases en la piel, se debe hacer sin restregar.

MUY IMPORTANTE NO TOCARSE LOS OJOS NI LA PIEL Y RESPIRAR SIN BOCANADAS, SIEMPRE A TRAVES DEL PAÑUELO CON VINAGRE O AGUA.

domingo, 19 de diciembre de 2010

"Denuncian actos desestabilizadores contra nueva Ley de Universidades"


Valencia, 14 Dic. AVN .- Estudiantes progresistas de Carabobo alertaron sobre planes desestabilizadores que intentan generar en la entidad grupos violentos, como la organización de extrema derecha Javu, en rechazo a la propuesta de una nueva Ley de Universidades que democratice el sistema de educación universitaria.
Julio Fuenmayor, coordinador de la Juventud del Partido Socialista Unido de Venezuela (JPSUV) en Carabobo y estudiante de Derecho de la Universidad de Carabobo, alertó que estos grupo amparados en la seguridad que le ofrece el gobernador opositor del estado, Henrique Salas Feo, se preparan para poner en marcha un agenda violenta en esta zona del país.
“Alertamos a los carabobeños sobre esta nueva agenda violenta que el grupo Javu pretende imponer en la entidad para rechazar la nueva Ley de Universidades. El llamado a este grupo violento es a que desistan de su actitud y al debate de las ideas”, manifestó.
De igual modo, señaló que los grupos estudiantiles socialistas respaldan la creación de una nueva Ley de Universidades que permita la democratización del sistema universitario en el país.
“Apoyamos contundentemente una nueva Ley de Universidades porque se hace una democratización del sistema de educación universitaria y se va a permitir que obreros, empleados, profesores y estudiantes tengan paridad en el voto y la posibilidad de elegir sus autoridades universitarias como lo establece la Constitución en su artículo 62”, expresó.
Fuenmayor afirmó que esta nueva Ley “le duele a la oligarquía venezolana y en especial a la carabobeña que se ha convertido en una mafia que ha socavado los recursos en la UC. Es una élite que tiene el privilegio de acceder a la educación universitaria en la UC y eso debe acabarse”.
“La universidad debe vestirse de pueblo, debe abrirse al sentir popular y sólo una nueva ley garantizará completamente la autonomía universitaria que tanto defienden los grupos elitescos”, sostuvo.

miércoles, 15 de diciembre de 2010

RESISTENCIA

" Y la verdad es que nosotros no podemos pensar, en estos momentos precisos, en organizar una acción violenta que venga de los cuarteles a la calle, porque la inmensa mayoría de los oficiales afectos a las ideas democráticas han sido dados de baja, o no tienen mando de tropas, o están en la cárcel o el destierro, o traicionados por el tirano. Si no es posible organizar una acción de este tipo,(…), no nos queda como posible sino la acción popular de masas, constante, valiente, perseverante. Esa acción debe ser conducida hacia una encrucijada en que ya no sea tolerable por el país la existencia de un régimen de usurpación, y la cólera popular se exprese en forma tan avasallante que ya no puedan detenerla las bayonetas". RÓMULO BETANCOURT. 1954

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